División De Gestión De Apoyo
Unidad de Servicios de Información
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División De Desarrollo Institucional
Servicios de Información
Al contestar refiérase
al oficio Nº 07491
15 de julio de 2009
DGA-USI-0037
Licenciada
Patricia Fernández Murillo
Unidad de Préstamo Interbibliotecario y Referencia
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
Biblioteca Facultad de Derecho, De la Rotonda de la Hispanidad 300 norte, primera entrada mano derecha
Estimada señora:
Asunto:
Devolución de Préstamo interbibliotecario
La Biblioteca de la Contraloría General de la República le agradece su gentileza al habernos facilitado, en calidad de préstamo interbibliotecario, el siguiente documento:
364.9801
C929c
La criminología del siglo XXI en América Latina
Atentamente,
Licda. Soledad Jiménez Cascante
Jefa
efc
Ci:
Archivo Central
Ce:
Copiador
Tel. (506) 2501-8000
Fax. (506) 2501-8100
http://www.cgr.go.cr Apartado 1179-1000, San José, Costa Rica
Correo Electrónico contraloria.general@cgr.go.cr
Tel. (506) 2501-8000
Fax. (506) 2501-8100
http://www.cgr.go.cr Apartado 1179-1000, San José, Costa Rica
Correo Electrónico: contraloria.general@cgr.go.cr
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Fecha publicación: 18/07/2009
Fecha emisión: 15/07/2009
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: SERVICIOS DE INFORMACION
Tipo documental: OFICIOS DE CARACTER ADMINISTRATIVO INTERNOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
1
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
12 de mayo, 2009
DAGJ-0571-2009
Licenciado
Edmar Cano Guerra
Jefe de Unidad
UNIDAD DE SERVICIOS FINANCIERO
ÁREA ADMINISTRATIVA
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
Estimado señor:
Asunto: Consulta sobre si este órgano contralor debe asumir el pago de una indemnización para un ex funcionario originada en una sentencia judicial laboral en donde dice que se condena al Estado.
Por encargo y con la aprobación de la Gerencia de División, nos referimos a su oficio número DI-GA-USF-176 del 24 de marzo del 2009, en donde nos consulta si debe este órgano contralor cancelarle la indemnización a un ex funcionario originada en una sentencia judicial laboral en donde se condena al Estado al pago respectivo.
I. Criterio del Despacho
En primer lugar, para su mejor comprensión debemos dejar claras las particularidades de este caso, tales como que se trata de un asunto laboral de un ex funcionario donde esta Contraloría es el patrono, el asunto versa sobre actuaciones que realizó este órgano contralor en esa condición.
En la sede judicial se apersonó la Procuraduría General de la República, en la persona del Lic. Germán Luis Romero Calderón, como Procurador Laboral, únicamente para la tramitación del proceso como representante del Estado, la sentencia condena al “Estado” en forma general, y no especifica que se refiera a la Contraloría General de la República en particular.
Así planteadas las cosas, para resolver este asunto, debemos considerar que la sentencia condena al “Estado” en abstracto, y que en el proceso jurisdiccional se apersonó la Procuraduría General de la República.
Por otro lado, se debe tomar en cuenta, que éste órgano contralor, no posee ingresos propios, ya que depende del presupuesto nacional y de los recursos que le remita el Ministerio de Hacienda.
Por lo tanto, lo procedente en el caso que nos ocupa, es trasladarle la solicitud de pago de esta indemnización al Ministerio de Hacienda, quien es la ent ...
Fecha publicación: 16/04/2009
Fecha emisión: 13/04/2009
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: OFICIOS DE CARACTER ADMINISTRATIVO INTERNOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS INTERNAS
INFORME-DI-CR-07/2005
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DIVISION DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
CENTRO DE RELACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL
CONTROL Y LA FISCALIZACIÓN SUPERIORES
DICTAMEN EN RELACIÓN CON EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO No. 521-03 EN CONTRA DE LA AUDITORA GENERAL DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO, SEGÚN EL ARTÍCULO 15 DE LA
LEY ORGANICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL
1.
INTRODUCCIÓN
Mediante oficio No SJD-518-2004 del 02 de junio del 2004 se nos remite el expediente del procedimiento administrativo No.521-03, a fin de que se emita el dictamen previo que establece el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley No. 7428, con ocasión de la destitución o suspensión de los auditores internos de la Hacienda Pública, en este caso de la señora Joyce Mary Hernández Arburola.
Específicamente, el citado artículo 15 establece que el auditor y el subauditor de los entes u órganos de la Hacienda Pública son inamovibles y que sólo podrán ser suspendidos o destituidos de su cargo por justa causa y por decisión emanada del jerarca respectivo, previa formación de expediente, con oportunidad suficiente de audiencia y defensa en su favor, previo dictamen favorable de esta Contraloría General de la República.
El dictamen previo corresponde a dos fases de análisis, una jurídica sobre el procedimiento propiamente dicho y otra técnico-jurídico relacionada principalmente con los cargos imputados y los hechos probados.
2.
RESULTADOS
Del análisis efectuado por el Centro de Relaciones para el Fortalecimiento del Control y la Fiscalización Superiores de la División de Desarrollo Institucional –en adelante Centro de Relaciones–, a efectos de determinar si el procedimiento administrativo que se siguió a la señora Joyce Mary Hernández Arburola, se ajustó a los criterios de legalidad aplicables, se tienen los siguientes hechos:
a) La Junta Directiva del ICT, en sesión ordinaria No.5202 celebrada el 17 de setiembre del 2002 acordó abrir un procedimiento a ...
Fecha publicación: 19/03/2005
Fecha emisión: 16/03/2005
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: OFICIOS DE CARACTER ADMINISTRATIVO INTERNOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de servicios agropecuarios y de medio ambiente
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de servicios agropecuarios y de medio ambiente
Al contestar refiérase
al oficio Nº 6985
04 de agosto, 2004
FOE-AM-375
Licenciado
Róger Rivera Mora
Alcalde
MUNICIPALIDAD DE LIMON
Estimado señor:
Asunto:
Remisión de informe realizado en la Municipalidad de Limón, JAPDEVA e IFAM sobre la formulación, contratación y ejecución del proyecto de cierre técnico del vertedero de basura ubicado en Loma Linda de Sandoval de Limón.
Para su conocimiento, me permito remitirle el informe No.DFOE-AM-13/2004, preparado en el Área de Servicios Agropecuarios y de Medio Ambiente en el cual se consignan los resultados del estudio especial realizado en la Municipalidad de Limón, JAPDEVA e IFAM sobre la formulación, contratación y ejecución del proyecto de cierre técnico del vertedero de basura ubicado en Loma Linda de Sandoval de Limón.
Atentamente,
Licda. Lilliam Marín Guillén, MBA
Gerente de Área
MEJM/aag
ci
Archivo Central
Archivo Originales
Informes de fiscalización
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Fecha publicación: 26/06/2004
Fecha emisión: 23/06/2004
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST. SERVICIOS AGROP. Y DE MEDIO AMB.
Tipo documental: OFICIOS DE CARACTER ADMINISTRATIVO INTERNOS
Proceso: ESTUDIOS ESPECIALES
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
DEPARTAMENTO GOBIERNO PRESUPUESTOS
Máster Carmen Villalobos Arias
-2-
20/08/2003
Al contestar refiérase
al oficio Nº 9029
20 de agosto, 2003
FOE-GU-354
Máster
Carmen Villalobos Arias
Directora
Dirección General Financiera
Ministerio de Educación Pública
Estimada señora:
Asunto:
Requerimiento de aclaración sobre contratación efectuada en transporte de estudiantes y devolución de facturas electrónicas.
Mediante los envíos Nos. 64, 80 y 81, la Dirección a su cargo remitió para su estudio una serie de documentos que amparan las facturas electrónicas por concepto de transporte de estudiantes del curso lectivo 2003, identificadas con los números 1900032209, 1900032212, 1900032208, 1900032205, 1900032156, 1900032155, 1900032151, 1900032149, 1900032144, 1900032343, 1900038745, 1900038750, 1900038751, y 1900038752, a nombre del señor Carlos E. Cordero Solano. Dichas facturas corresponden a los servicios prestados por el transportista durante los meses de febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2003, en las rutas 5903, 5910, 5921 y 5923.
El amparo legal de esas facturas se encuentra en el contrato aprobado el 19 de diciembre de 2002 por la Unidad Técnica Legal de la División Jurídica del Ministerio de Educación Pública, el cual en su cláusula decimonovena señala que se podrán efectuar prórrogas sucesivas del contrato original hasta por un máximo de cuatro periodos lectivos.
No obstante, llama la atención que la contratación original haya sido aprobada por la Unidad Técnica supracitada el 19 de diciembre de 2002, cuando ya el curso lectivo de ese año se había cerrado, con lo que dicha aprobación podría resultar extemporánea, por cuanto ocurre cuando las necesidades y circunstancias que la propiciaron habían desaparecido del todo, pues el curso lectivo estaba terminado. Aun más, en el caso específico que n ...
Fecha publicación: 23/08/2003
Fecha emisión: 20/08/2003
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
Lic. Walter Jiménez S.
- 2-
18 de junio, 2003
Al contestar refiérase
al oficio Nº 6392
18 de junio, 2003
FOE-GU-232
Licenciado
Walter Jiménez Sorio
Jefe Departamento Financiero
Poder Judicial
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve factura de gobierno a nombre del señor Víctor Chinchilla Carballo.
Sírvase encontrar adjunta, sin trámite alguno por parte de esta Contraloría General, la factura de gobierno N° 20-4019-03, por concepto de prestaciones legales, a nombre del señor Víctor Chinchilla Carballo , cédula 1-582-042, por un monto de ¢2.465.345.90.
De conformidad con lo que señala el informe N° 2017-AP-2003 para el pago de auxilio de cesantía, el señor Chinchilla Carballo fue cesado de su puesto el 13 de agosto del 2001. Por tal motivo se le reconocen, tres meses y 10.98 días por concepto de auxilio de cesantía y un mes de preaviso.
Por otra parte, según información obtenida del Archivo histórico de pagos personales de la Dirección General de Informática del Ministerio de Hacienda (la cual se adjunta), el gestionante reinició labores con la Administración Pública, esta vez con el Ministerio de Seguridad Pública, a partir del 16 de agosto de 2001. En otras palabras, sólo dejó de laborar para el Estado durante dos días, de conformidad con los elementos probatorios que constan en el expediente remitido y los que esta Contraloría General estuvo en posibilidad de consultar en virtud de sus gestiones pertinentes y oficiosas.
Ante tales circunstancias, determinar la procedencia o improcedencia jurídica de la totalidad del monto acordado por concepto de auxilio de cesantía requiere declarar aplicable o inaplicable al caso la disposición contenida en el numeral 586, párrafo cuarto, inciso b), del Códig ...
Fecha publicación: 21/06/2003
Fecha emisión: 18/06/2003
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
Licda. María Elena Powan Ch.
- 2-
8-5-2002
Al contestar refiérase
al oficio Nº 4617
8 de mayo, 2003
FOE-GU-153
Máster
María Elena Powan Chinchilla
Coordinadora
Unidad Técnica de Recursos Financieros
Ministerio de Hacienda
Estimada señora:
Asunto: Se devuelve resolución administrativa a nombre de la señora Maribel Arias Sandoval.
Sírvase encontrar adjunta, sin trámite alguno por parte de esta Contraloría General, la resolución administrativa N° 1376-2002, la cual fundamenta el pago en el SIGAF de la factura N° 1900000373, por concepto de prestaciones legales, a nombre de la señora Maribel Arias Sandoval, cédula 6-208-742, por un monto de ¢216.300.47.
De conformidad con lo que señala el texto resolutivo, la señora Arias Sandoval fue cesada de su puesto el 1° de noviembre del 2002. Por tal motivo se le reconocen 25 días por concepto de preaviso, 19.5 días por concepto de auxilio de cesantía y vacaciones proporcionales de los períodos 2001-2002 y 2002-2003.
Por otra parte, según información obtenida del Archivo histórico de pagos personales de la Dirección General de Informática del Ministerio de Hacienda (la cual se adjunta), la gestionante reinició labores con la Administración Pública, esta vez con el Ministerio de Educación Pública, a partir del 1° de noviembre de 2002. En otras palabras, no dejó de laborar para el Estado.
Ante tales circunstancias, determinar la procedencia o improcedencia jurídica del monto acordado por concepto de auxilio de cesantía requiere declarar aplicable o inaplicable al caso la disposición contenida en el numeral 586, párrafo cuarto, inciso b), del Código de Trabajo, en el cual se establece:
“Los servidores que se acojan a los beneficios de este artícu ...
Fecha publicación: 10/05/2003
Fecha emisión: 07/05/2003
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
Lic. Alfredo Jones León
-2-
9-05-03
Al contestar refiérase
al oficio Nº 4614
9 de mayo, 2003
FOE-GU-152
Licenciado
Alfredo Jones León
Director Ejecutivo
Poder Judicial
Estimado señor:
Asunto: Denegatoria de visado a facturas de gobierno a nombre de Wackenhut S.A.
Mediante el oficio N° 38-C03, el Departamento Financiero Contable de ese Poder remitió para su estudio y eventual visado las facturas de gobierno Nos. 20-1230-03 y 20-1229-03, a nombre de Wackenhut S. A., por un monto de ¢4.085.944.26 cada una, por concepto de servicios de seguridad y vigilancia brindados durante los meses de octubre y noviembre de 2002, amparadas a la contratación directa N° 759-2001.
Sobre el particular, se debe tener en consideración lo siguiente:
1. Mediante el oficio N° 02322 (DI-AA-623) del 4 de marzo de 2002, esta Contraloría General otorgó el respectivo refrendo de ley al contrato de la contratación directa N° 759-2001, para brindar servicio de vigilancia para el Complejo Médico Forense y el Depósito de Vehículos Decomisados, suscrito entre la Corte Suprema de Justicia y la empresa Wackenht S. A., contrato N° 10-CG-02. En la cláusula vigésima primera se estipula que dicho contrato rige durante seis meses contados a partir de la fecha en que la Contraloría lo refrende.
2. En oficio N° 14240 (DI-AA-3641) del 14 de noviembre de 2002, esta Contraloría deniega refrendo al addendum del contrato N° 10-GC-02, señalando lo siguiente:
“...el contrato vencía a los seis meses de ejecutado y el addendum fue remitido para aprobación, tiempo después de que se diera por precluído (sic) dicho plazo, por lo que a todas luces no es procedente otorgar el refrendo solicitado a un addendum que se realiza sobre un contrato que ya venció.
Más bien, cualquier ejecución que se esté realizando en este momento, o se ...
Fecha publicación: 10/05/2003
Fecha emisión: 07/05/2003
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
Licda. María Elena Powan Chinchilla
-2-
26/03/03
Al contestar refiérase
al oficio Nº 3058
26 de marzo, 2003
FOE-GU-96
Máster
María Elena Powan Chinchilla
Coordinadora Unidad Técnica de Recursos Financieros
Ministerio De Hacienda
Estimada señora:
Asunto: Se devuelve factura de gobierno a nombre de la Compañía Agrícola Ganadera de Exportaciones Perecederas S. A.
Como resultado del análisis de la nueva documentación remitida por la Unidad a su cargo mediante el oficio N° R.F.161, en relación con la factura a nombre de Compañía Agrícola Ganadera de Exportaciones Perecederas S.A., cédula jurídica 3-101-90502, se le comunica lo siguiente:
1. El nombre del propietario indicado en los planos de catastro números L-694432-87 y L-694431-87 es el de Compañía Administradora Comercial Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-018801-17, el cual no coincide con el señalado en el Avalúo N° 189-2002 ni en la factura de gobierno. Si la propiedad cambió de dueño, el Catastro Nacional del Registro Nacional debe de indicar el nombre del propietario actual.
2. Confrontando las coordenadas indicadas en el avalúo con las contenidas en los planos, existe discrepancia en una de ellas.
3. No se adjunta el plano de catastro de la finca a segregar o segregada, el cual debe de cumplir con los trámites de ley para su registro y estar obviamente a nombre de la Compañía Agrícola Ganadera de Exportaciones Perecederas S.A.
4. Se debe adjuntar la memoria de cálculo del precio del avalúo, del Área de Valores de la Dirección General de Tributación.
Por lo tanto, de acuerdo con lo expuesto anteriormente, no es factible para esta Área de Fiscalización otorgar el visado de ley a la factura de marras, hasta tanto sea suplida la información necesaria que asegure la procedencia d ...
Fecha publicación: 29/03/2003
Fecha emisión: 26/03/2003
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA